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El plazo de subsanación para corregir el motivo de la exclusión u omisión es de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Orden en el BOE.
Quienes no subsanen la exclusión ni aleguen la omisión en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.
Quienes no subsanen la exclusión ni aleguen la omisión en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.
4 comentarios
Añadir Nuevos comentariosHola Cintia. En la lista que viene en el BOE no aprezco pero en la otra lista si aparece mi nombre y todo correcto. Son listas diferentes?
BalasGracias
Hola, a mi tambien me pasa lo mismo!!!! Debo de preocuparme?? Salgo en una lista y en la otra no
BalasDebo de entender que estáis en la lista y que pone ADMITIDO en vuestro registro... no? y que en la lista del BOE no estáis porque ahí sólo están los excluidos, es así?
BalasSi salgo admitida en tramitación y auxilio, en las listas que has publicado. Y eso que mandé los papeles porque no podía pagar las tasas jejej se ve que estaba todo como tenía que estar, gracias a tu ayuda que te pregunté en su momento. Pues leeré bien lo del B.O.E. que no leí bien. Gracias
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