Aclaración sobre exención de tasas por desempleo de las Convocatorias Auxilio, Tramitación y Gestión Turno Libre

Para la exención de tasas por desempleo hay que acreditar los siguientes requisitos:

  • Estar en situación de desempleo al menos con un mes de antelación a la fecha de la convocatoria.
  • No percibir retribuciones por desempleo o las que se perciben son inferiores al SMI
  • No haber rechazado oferta o acción formativa

La acreditación de estos requisitos se puede realizar aportando la certificación correspondiente por el SEPE o autorizando a que la administración lo compruebe.

Se debe acreditar que no se perciben otras rentas que no sean superiores al SMI en cómputo mensual. Este requisitos se puede acreditar mediante la presentación de la última declaración de IRPF o realizando una declaración jurada.

CCOO recomienda a los que reúnen los requisitos anteriores que presenten una declaración jurada al respecto explicando que se cumplen los requisitos, para evitar salir excluidos en los listados provisionales.

IMPORTANTE: Desde el Ministerio de Justicia confirman que, durante el plazo de subsanación posterior a la publicación de los listados provisionales se podrá completar la documentación presentada o pagar la tasa correspondiente si no se dan las circunstancias exigidas para la exención

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