GESTIÓN PROCESAL (Turno Libre): DESESTIMACIÓN IMPUGNACIONES

PREGUNTA 6 ( 83 DEL Cuestionario B )

Se alega que está fuera de programa, pero la competencia para conocer de un laudo  arbitral  es  una  cuestión  incluida  en  el  tema  7,  en  el  epígrafe    Examen  de  la organización y competencias de …los Tribunales Superiores “

PREGUNTA 25.  ( 76 del Cuestionario B)

La respuesta correcta a esta pregunta es inequívocamente la B : el artículo 25-ter de la Ley Concursal, en su epígrafe 1, establece la regla general para los concursos  declarados conjuntamente y acumulados; que se tramitarán de forma coordinada y sin consolidación  de  masas,  y  en  su  epígrafe  2,  establece  las  excepciones  a  esta  regla general.  Por  ello,  leído  conjuntamente,  el  artículo citado  conduce  directamente  a  la respuesta  correcta:  que  generalmente  se  tramitan  sin  consolidación  de  masas.  La respuesta A no es correcta, puesto que, además de no atenerse al epígrafe primero del artículo  en  cuestión  (  que  no  incluye  la  expresión    en  ningún  caso”)  ignora completamente lo indicado en el segundo.

PREGUNTA 35. ( 45 del Cuestionario B )

El  supuesto  de  hecho  que  plantea  la  pregunta  viene  referido  a  un  despido “declarado”  improcedente,  lo  que  supone  necesariamente  que  ya  se  ha  dictado Sentencia, por lo que el ejercicio de la opción sobre la que versa la cuestión planteada no puede ejercitarse en el acto del juicio, incluso aunque la Sentencia correspondiente se dicte oralmente, pues ello, conforme determina el artículo 50 de la Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, se efectúa, en su caso, al terminar el juicio, en definitiva, concluido el mismo.
 No invalidada la solución correcta tenida en consideración por el Tribunal, que fue  la  opción  B-  “dentro  de  los  cinco  primeros  días  desde  la  notificación  de  la Sentencia, si fuera la de instancia”, el hecho de que en el enunciado de la cuestión se contenga la expresión “puede ejercitarse” y ello porque el artículo 110.3 de la indicada Ley  36/2011,  cuando  alude  a  que  la  opción  “deberá  ejercitarse”,  a  lo  que  se  está refiriendo  es  a  la  forma  en  que  tiene  que  llevarse  a  cabo,  o  “debe  ejercitarse”,  la opción de referencia  en los casos en que la misma se efectúe, lo que, y pese a lo que  se  alega,  no  constituye  obligación,  en  el  sentido  de  que  nuestro  ordenamiento jurídico no contempla mecanismos para compeler a su ejercicio, al punto que el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido  de  la  Ley  del  Estatuto  de  los  Trabajadores,  expresamente  contempla  la opción  de  referencia  como  facultativa  -   “podrá  optar”  señala  en  su  apartado  1- previendo  incluso,  en  el  apartado  3  del  propio  precepto,  las  consecuencias  que  se producen de “ no optar el empresario por la readmisión o la indemnización ”, en cuyo caso se entiende que procede la primera.

PREGUNTAS 50 y 67 ( 52 y 59 del Cuestionario B)

La Orden JUS/1959/2013, de 17 de Octubre, por la que se convocó la presente convocatoria, en su punto 3 denominado “Programas”, se especifica que: “El contenido del  temario  para  todos  los  ejercicios  de  la  oposición  se  ajustará  a  la  normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando  no  hubiese  entrado  en  vigor.  No  obstante,  en materia  de  Registro  Civil  se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria”.
 De acuerdo con esta previsión, la normativa de referencia para la solución que planteaban las preguntas impugnadas era necesariamente la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de Junio (publicada en el B.O.E. de 29 de Junio próximo siguiente), de Reforma del Consejo General del Poder Judicial y que modificaba la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, que era la “normativa publicada” a fecha 24 de Octubre de 2013, fecha en que se anunció la Convocatoria del proceso selectivo.
 Lo  relevante  a  la  hora  de  determinar  la  solución  a cualquier  pregunta  que planteara el cuestionario, a excepción de la materia relativa al Registro Civil en cuyo caso se especificaba concretamente la necesaria referencia a la normativa vigente al momento  de  la  convocatoria  era,  que  no  otra,  la  normativa  publicada ,  es  decir  es ésta característica, la publicación, y la más reciente de las posibles existentes, la que define  la  normativa  de  referencia,  excepción  hecha  del  Registro  Civil,  no  la  de  la “vigencia” o no de la normativa publicada.
A  mayor  abundamiento,  la  indicada  Ley  Orgánica  4/2013,  de  28  de  Junio, especificaba,  en  su  Disposición  Final  Tercera,  que  la  misma  entraría  en  vigor  el  día siguiente  al  de  su  publicación  en  el  Boletín  Oficial  del  Estado  en  lo  relativo  a  la renovación,  designación  y  elección  de  los  Vocales  del  Consejo  General  del  Poder Judicial y a la constitución del mismo, siendo así  que la Disposición Derogatoria de la propia Ley Orgánica, en su punto 1, especificaba que El Título II del Libro II de la Ley Orgánica  6/1985,  de  1  de  Julio,  del  Poder  Judicial, en  lo  relativo  a  la  renovación, designación y elección de los Vocales del Consejo ya la constitución del mismo, queda derogado desde el momento de entrada en vigor de lapresente Ley Orgánica.
Las  preguntas  impugnadas  vienen  referidas  a  materia que  se  regulaba  en  el Título II del Libro II de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, y que afectaba a aspectos que  tenían  que  ver  con  la  “constitución”  del  Consejo,  por  lo  que  las  previsiones contenidas en los artículos 123.4 y 147 de la misma fueron derogadas con efectos de 30 de Junio de 2013, es decir con anterioridad a la publicación de la Convocatoria que nos ocupa.
Las respuestas correctas a estas preguntas son por lo tanto Nº 50- C y nª 67- A.

PREGUNTA 56. (46 DEL Cuestionario B)

Se alega que está “fuera de programa” : Entiende el Tribunal que versa sobre la materia incluida en el tema 44, epígrafe: “. El responsable civil” También se incluye en el tema 56: La ejecución de sentencias penales… la ejecución civil en el proceso penal.

PREGUNTA 66 ( 70 del cuestionario B)

La pregunta está correctamente formulada y su única respuesta correcta es la A. Aunque, como bien afirma el recurrente, el art.  16-2 del tratado de Maastrich en su redacción  dada  por  el  Tratado  de  Lisboa,  que  reproduce  el  art.  203  de  la  versión consolidada del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, se afirma que  “ el Consejo está  compuesto  por  un  representante de  cada  Estado  miembro…” y  que  por  tanto estricto senso  la denominación correcta de las personas que componen ese Consejo es  la  de  “representante” ,  lo  cierto  es  que  el  mismo  Tratado  utiliza  ambas denominaciones indistintamente- véanse , por ejemplo los artículos 204 y 205 y 206 del mismo Texto consolidado. Además, y en cualquier caso, el contenido de la pregunta, y las  respuestas  alternativas  que  se  plantean,   que  es  lo  fundamental  a  efectos  de  su impugnación, no  se  ve  afectado en modo  alguno:  lo  que  se pregunta   y  a  lo  que  se ciñen las respuestas es a cómo se compone el Consejo, por quién, y a si se constituye con carácter paritario o con alguna proporcionalidad a la población…

PREGUNTA 67 ( 59 del Cuestionario B- )- Véase más arriba

PREGUNTA 69. ( 63 del Cuestionario B)

Se alega que está fuera de temario, pero el Tribunal entiende que está incluida en el tema 56:  “la ejecución de sentencias penales”, puesto que trata específicamente de la posibilidad de suspensión de penas privativas de libertad.

PREGUNTA 88. ( 29 del cuestionario B)

La pregunta que se formula es gramaticalmente muy  precisa y , además, se formula en modo interrogativo :¿ Es posible practicar “un lanzamiento“, ( es decir un “lanzamiento” en general , sin más especificación,  o sea , cualquier lanzamiento ) con la  presencia  de  un  único  funcionario?   Y  la  respuesta  es  la  “C”:  Que    es  posible hacerlo, si el lanzamiento es del tipo que se indica : “desahucio por falta de pago de las rentas  o  cantidades  debidas  ,  o  por  expiración  del  plazo  legal  o  contractual”.  La pregunta  no  concreta,  ni  tiene  porqué  hacerlo,  la  clase  de  funcionario  que  ha  de practicarlo, por lo que la respuesta tampoco ha de precisarlo…
La B no es correcta: no se puede practicar el lanzamiento de la pregunta ( es decir, cualquier lanzamiento…) por mucho que lo autorice el Secretario y el funcionario sea un Gestor. La respuesta es incorrecta.
Es cierto que el Tribunal podría haber formulado otra pregunta distinta y haberla referido a  todo el contenido (o a otra parte ) del último párrafo del artículo 703-1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con detalle de todos los requisitos que el artículo citado establece,  (  clase  de  lanzamiento;  autorización  del Secretario;  clase  de  funcionario; motivación ; posibilidad de solicitar el auxilio dela fuerza pública….) pero la opción del Tribunal ha sido otra, y la respuesta correcta es aquella que se ciñe al contenido de la pregunta.

PREGUNTA 94 ( 65 DEL Cuestionario B)

La única respuesta correcta a esta pregunta, de acuerdo con lo que dispone el artículo  6  de  la  Ley  de  Enjuiciamiento  Civil,  es  inequívocamente  la  B.  La  A  no  es correcta en ningún caso, ya que el “concebido no nacido” ( nº 2º del artículo 6-1 ) está incluido entre quienes “pueden ser parte en un proceso ante un Tribunal Civil”, que es exactamente  lo  que  se  pregunta.  Cierto  es  que  no  puede  ser  parte  para  cualquier efecto,  sino sólo para los que le sean favorables, pero no es eso lo que se pregunta, ni ese hecho invalida la aseveración de la respuesta A.


Acuerdo de 24 de marzo 2014
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